El Ayuntamiento de Cádiz autoriza la ocupación de la vía pública para terrazas de hostelería

El Ayuntamiento de Cádiz autoriza la ocupación de la vía pública para terrazas de hostelería.

El Ayuntamiento de Cádiz ha emitido un bando municipal que regula la autorización de ocupación de la vía pública por parte de las terrazas de los establecimientos de hostelería durante el ejercicio 2026. La medida, comunicada por el Gabinete de Prensa con fecha 21/01/2026, establece un marco claro para compatibilizar la actividad económica con el uso prioritario del espacio público, la accesibilidad universal y la convivencia urbana.

El texto recuerda la vigencia de la Ordenanza Reguladora de Terrazas y Otros Elementos Anexos, subrayando la obligación de respetar los itinerarios peatonales accesibles, la circulación de vehículos de emergencia y las necesidades de las personas con discapacidad.

Requisitos de licencia y plazos de solicitud

El bando fija que toda instalación de terrazas, veladores y elementos accesorios está sujeta a licencia municipal, y que no podrán colocarse sin autorización previa o, en caso de renovación, sin la comunicación con la documentación requerida.

El plazo para presentar dicha comunicación permanece abierto del 1 de enero al 31 de marzo; transcurrido ese periodo, la instalación sin trámite dará lugar a sanciones.

Normas de convivencia y uso del espacio público

Asimismo, se prohíbe con carácter general la instalación y utilización de equipos de reproducción o amplificación sonora o audiovisual. Se exige ocupar estrictamente el espacio autorizado, manteniendo siempre a la vista el plano de ubicación para su comprobación por parte de la autoridad.

Estética e imagen urbana

En materia de imagen urbana, el bando delimita con precisión los elementos permitidos:

  • Solo podrán instalarse los elementos expresamente recogidos en la autorización.

  • Las sombrillas deberán ser de colores neutros (gris, blanco o negro).

  • Queda estrictamente prohibida la publicidad o el uso de otros colores.

Prohibiciones, limpieza y régimen sancionador

No se autoriza la colocación de elementos auxiliares fuera del ámbito concedido —como banderolas, vallas, pizarras o carteles—, los cuales podrán ser retirados de forma inmediata tras denuncia de la Policía Local.

Además, se impone la obligación de mantener las condiciones de limpieza, salubridad y ornato, incluyendo:

  • Uso de ceniceros y papeleras en cada velador.

  • Adecentamiento del espacio al finalizar la jornada.

El incumplimiento de estas normas se califica como infracción grave, con multas que oscilan entre los 750 y 1.500 euros.

Ordenación del espacio público y equipamiento funcional en terrazas

La correcta ordenación de las terrazas requiere equipamiento funcional, duradero y acorde con las exigencias normativas. En este contexto, la elección de materiales resistentes resulta determinante para garantizar seguridad, higiene y estabilidad en entornos de alto tránsito. La planificación del mobiliario debe alinearse con el plano autorizado, evitando invasiones del itinerario peatonal y facilitando la supervisión municipal.

Solución normativa y eficiente

Las mesas de acero inoxidable destacan por su robustez, facilidad de limpieza y larga vida útil, cualidades que encajan con la obligación de mantener el espacio en perfecto estado de salubridad. Su superficie no porosa favorece la higiene, reduce el desgaste por uso intensivo y permite una limpieza rápida al cierre diario, cumpliendo con el mandato de retirar residuos como servilletas, colillas y restos. Además, su diseño sobrio se integra con la exigencia municipal de neutralidad cromática, contribuyendo a un entorno ordenado y accesible.

Cumplimiento del plano autorizado

Las mesas en acero inoxidable facilitan la configuración precisa del espacio autorizado, gracias a su estabilidad y a la posibilidad de alineación exacta según el plano aprobado por el Área de Urbanismo. Esta precisión es clave para respetar los límites concedidos, evitar sanciones y asegurar que los vehículos de emergencia dispongan de paso libre. Asimismo, su resistencia a la intemperie las convierte en una opción idónea para un uso continuado durante todo el ejercicio 2026, minimizando reposiciones y garantizando una imagen uniforme de la terraza.

Licencias, plazos y obligaciones administrativas

El bando municipal refuerza la seguridad jurídica del sector al detallar plazos, procedimientos y consecuenciasLa comunicación dentro del periodo habilitado no es un mero trámite: constituye la base legal para operar y para evitar sanciones. La obligación de exhibir el plano autorizado dota de transparencia a la actividad y facilita la verificación inmediata por parte de los agentes municipales.

Accesibilidad universal y prioridad del uso público

La norma insiste en que el uso público debe prevalecer sobre el privado. El Ayuntamiento de Cádiz autoriza la ocupación de la vía pública para terrazas de hostelería: esto se traduce en la protección de itinerarios peatonales accesibles, con especial atención a personas con movilidad reducida. La correcta disposición del mobiliario, la ausencia de obstáculos y el respeto a las dimensiones autorizadas son elementos esenciales para una ciudad más inclusiva y segura.

Prohibiciones específicas y control de ruidos

La prohibición de equipos sonoros en terrazas responde a la necesidad de preservar el descanso vecinal y el equilibrio urbano. El control del ruido, unido a la restricción de publicidad y elementos auxiliares, contribuye a un paisaje urbano ordenado y coherente con el carácter histórico y turístico de Cádiz.

Limpieza, salubridad y responsabilidad diaria

El mantenimiento diario no es opcional. La instalación de ceniceros y papeleras en cada velador y la limpieza exhaustiva al finalizar la jornada forman parte de las obligaciones del establecimiento. Este enfoque preventivo reduce incidencias, mejora la convivencia y refuerza la imagen de calidad del sector hostelero local.

Régimen sancionador y consecuencias del incumplimiento

El bando tipifica como infracción grave cualquier vulneración de las normas establecidas. Las multas de 750 a 1.500 euros actúan como elemento disuasorio y garantizan el cumplimiento efectivo. La retirada inmediata de elementos no autorizados tras denuncia policial subraya la tolerancia cero frente a prácticas irregulares.

Planificación responsable para un 2026 ordenado

La autorización municipal para la ocupación de la vía pública en 2026 establece un marco claro que beneficia a peatones, residentes y hosteleros. La planificación responsable, el respeto a la normativa y la elección de equipamiento adecuado permiten desarrollar la actividad con seguridad, legalidad y calidad, consolidando un modelo de ciudad accesible y ordenada.

También te puede interesar

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *