Instalaciones Petrolíferas y Seguridad Contra Incendios Industriales: Medidas de Protección

Instalaciones Petrolíferas y Seguridad Contra Incendios Industriales: Medidas de Protección.

Las instalaciones petrolíferas representan una de las infraestructuras de mayor riesgo debido a la naturaleza inflamable y explosiva de los productos que en ellas se almacenan, distribuyen y manipulan. Por este motivo, la legislación española establece un marco normativo preciso, principalmente mediante el Real Decreto 2085/1994 y su modificación a través del RD 1523/1999, el cual regula su diseño, construcción, operación y mantenimiento.

A este marco se suman las Instrucciones Técnicas Complementarias (ITCs) —MI-IP 01, MI-IP 02, MI-IP 03 y MI-IP 04—, que detallan las exigencias de seguridad y prevención contra incendios adaptadas a cada tipo de instalación. Dichas normativas son esenciales para proteger tanto a las personas como al medio ambiente y garantizar la continuidad operativa de infraestructuras críticas.

Medidas de protección en instalaciones de alto riesgo

Un extintor portatil es uno de los equipos fundamentales de protección activa, ya que permite responder de forma inmediata a conatos de fuego en áreas de riesgo. Su accesibilidad y eficacia lo convierten en un recurso indispensable en estaciones de servicio, plantas de almacenamiento y recintos industriales donde se manipulen combustibles.

Uso de extintores

Del mismo modo, el uso de extintores de distintos tipos —polvo polivalente, CO₂ o espuma— se establece como una obligación legal en los puntos críticos de las instalaciones petrolíferas. Estos equipos no solo deben estar distribuidos estratégicamente, sino también contar con el mantenimiento y la señalización adecuados para asegurar su disponibilidad en caso de emergencia.

Las medidas preventivas se centran en reducir la probabilidad de un incendio y, en caso de que ocurra, mitigar su propagación. Para ello, la normativa exige tanto protección pasiva (estructuras ignífugas, distancias de seguridad, cubetos de retención) como activa (sistemas de detección, hidrantes, rociadores y planes de emergencia).

Real Decreto 2085/1994: exigencias iniciales de seguridad

El RD 2085/1994 marcó un antes y un después en la seguridad contra incendios en instalaciones petrolíferas. Este decreto introdujo la obligación de integrar sistemas de protección desde la fase de construcción, asegurando que el diseño mismo de la infraestructura redujera riesgos. Entre los aspectos más relevantes destacan:

  • Instalación de sistemas de detección temprana de vapores inflamables y fugas.

  • Inclusión de equipos portátiles y fijos para la extinción de incendio en zonas estratégicas.

  • Construcción de cubetos de retención para evitar la propagación de derrames y llamas.

  • Protocolos específicos de emergencia interior, con planes de evacuación claros.

  • Formación en prevención de riesgos para todo el personal operativo.

RD 1523/1999: refuerzo y modernización normativa

El RD 1523/1999 actualizó conceptos técnicos e introdujo mejoras en la protección contra incendios, poniendo énfasis en la reducción de riesgos ambientales. Entre sus principales aportes se encuentran:

  • Control ambiental reforzado para evitar fugas que puedan originar explosiones.

  • Nuevas distancias de seguridad entre depósitos, edificaciones y zonas habitadas.

  • Incorporación obligatoria de sistemas automáticos de detección y extinción en determinadas instalaciones.

  • Establecimiento de mantenimiento preventivo obligatorio para todos los equipos de protección.

ITC MI-IP 01: depósitos de almacenamiento y seguridad contra incendios

La MI-IP 01 regula los depósitos fijos de productos petrolíferos líquidos, estableciendo normas claras que buscan minimizar riesgos. Entre ellas:

  • Cubetos ignífugos para contener derrames y frenar la propagación de llamas.

  • Distancias mínimas de seguridad entre tanques.

  • Sistemas de refrigeración mediante agua pulverizada o espuma en grandes depósitos.

  • Accesos diseñados para facilitar la labor de bomberos y vehículos de emergencia.

  • Planes de autoprotección y simulacros periódicos obligatorios.

ITC MI-IP 02: estaciones de servicio y prevención activa

En el caso de estaciones de servicio, la MI-IP 02 establece medidas específicas para reducir riesgos durante el repostaje. Incluye:

  • Instalación de extintores portátiles de polvo ABC o CO₂ en puntos accesibles.

  • Corte automático del suministro en caso de fuego.

  • Prohibición de fuentes de ignición en áreas clasificadas como peligrosas.

  • Ventilación adecuada de tanques enterrados.

  • Columnas secas y bocas de incendio equipadas (BIEs) en grandes estaciones.

  • Cartelería visible para informar a usuarios sobre riesgos de fuego.

ITC MI-IP 03: instalaciones privadas y control de incendios

La MI-IP 03, aplicada en instalaciones de autoconsumo como las de flotas de transporte, obliga a medidas de protección específicas:

  • Depósitos con recubrimientos ignífugos de alta resistencia.

  • Extintores con eficacia mínima 21A-113B situados junto a los surtidores.

  • Sistemas de detección y alarmas para fugas.

  • Iluminación y señalización de emergencia en toda la instalación.

  • Capacitación obligatoria del personal en lucha contra incendios.

ITC MI-IP 04: suministro a aeronaves y seguridad reforzada

El combustible de aviación requiere mayores precauciones, y la MI-IP 04 lo regula con medidas avanzadas como:

  • Sistemas de filtrado para evitar contaminaciones.

  • Extinción con espuma de alta expansión en áreas de carga y descarga.

  • Redes de hidrantes y rociadores automáticos en puntos críticos.

  • Coordinación de planes de emergencia con bomberos aeroportuarios.

  • Formación especializada para el personal encargado del abastecimiento.

Protección activa y pasiva: equilibrio en la seguridad

El éxito en la protección contra incendios radica en el equilibrio entre medidas pasivas y activas:

  • Protección pasiva: estructuras ignífugas, distancias de seguridad, cubetos de contención.

  • Protección activa: extintores, hidrantes, rociadores, sistemas de espuma y detectores de gases.

La normativa exige que ambos sistemas se implementen de forma conjunta, garantizando una defensa integral frente a cualquier eventualidad.

Mantenimiento e inspecciones periódicas

La seguridad no se limita a la instalación de equipos, sino que depende de su revisión constante:

  • Inspecciones anuales de extintores, BIEs y rociadores realizadas por empresas autorizadas.

  • Pruebas periódicas de estanqueidad en tuberías y depósitos.

  • Ejecución de simulacros obligatorios de evacuación.

  • Registro documentado de todas las intervenciones, accesible para la autoridad competente.

Cumplimiento de normativas

La aplicación estricta del RD 2085/1994, el RD 1523/1999 y las ITCs MI-IP 01 a 04 asegura que las instalaciones petrolíferas en España cuenten con altos niveles de seguridad frente al fuego. El cumplimiento de estas normativas no solo protege vidas humanas, sino que preserva infraestructuras críticas y mitiga los impactos ambientales derivados de los incendios.

Un enfoque integral basado en prevención, detección, extinción y mantenimiento continuo representa la clave para minimizar riesgos y garantizar la sostenibilidad del sector energético.

 

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