Orden de 24 de octubre de 1979 sobre protección contra incendios en establecimientos sanitarios

Orden de 24 de octubre de 1979 sobre protección contra incendios en establecimientos sanitarios: guía completa y actualizada.

En el entorno sanitario, la protección contra incendios es un elemento vital para preservar la seguridad de los pacientes, el personal y las instalaciones. La Orden de 24 de octubre de 1979 sigue siendo uno de los documentos normativos más relevantes en materia de seguridad contra incendios en España. Esta Orden fue la primera en establecer requisitos técnicos específicos para hospitales, clínicas y centros sanitarios, marcando un antes y un después en la gestión de la seguridad hospitalaria.

A lo largo de los años, esta normativa se ha complementado con reglamentos más actuales, como el Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios (RIPCI) y el Código Técnico de la Edificación (CTE). Sin embargo, su estructura y principios fundamentales continúan siendo la base sobre la que se construyen las medidas de protección modernas.

En esta guía, analizamos con detalle los aspectos más importantes de esta Orden, su vigencia técnica y su integración dentro del marco normativo actual, ofreciendo una visión completa para responsables de mantenimiento, técnicos de prevención y gestores hospitalarios.

Orden de 24 de octubre de 1979 sobre protección contra incendios en establecimientos sanitarios

Requisitos esenciales de la Orden de 1979: estructura y seguridad pasiva

La Orden de 24 de octubre de 1979 introdujo una serie de disposiciones obligatorias para diseñar y mantener edificios sanitarios seguros frente al fuego. Uno de sus pilares fundamentales es la sectorización, que consiste en dividir el edificio en compartimentos de incendio independientes. Esta técnica evita la propagación rápida del fuego y facilita la evacuación segura de los ocupantes.

Los elementos estructurales —muros, puertas y techos— debían tener una resistencia al fuego mínima, cumpliendo con tiempos establecidos según el tipo de sector. Además, se exigían puertas cortafuego automáticas, zonas de transición entre áreas asistenciales y espacios de riesgo especial, así como la separación física de zonas críticas como calderas, archivos y depósitos de gases medicinales.

Evacuación y señalización: claves para una respuesta eficaz

Uno de los aspectos más innovadores de esta normativa fue la obligatoriedad de diseñar itinerarios de evacuación protegidos y rutas libres de obstáculos. Los hospitales, por su naturaleza, deben contemplar la movilidad reducida de pacientes y el uso de camillas, por lo que la Orden especificó dimensiones mínimas en pasillos y escaleras.

También se exigió la instalación de sistemas de alumbrado de emergencia y señalización fotoluminiscente, visibles incluso durante un fallo eléctrico. La normativa estableció la ubicación obligatoria de puntos de reunión y salidas alternativas, con el objetivo de garantizar una evacuación ordenada.

Dotación obligatoria de extinción: extintores, BIE e hidrantes

Uno de los apartados más relevantes de la Orden se refiere a la dotación de equipos de protección activa. Entre ellos, los extintores portátiles fueron catalogados como elementos imprescindibles para cualquier centro sanitario.

En la actualidad, el precio extintor 6 kg puede variar en función de su tipo (polvo ABC, CO₂ o agua pulverizada), pero su instalación sigue siendo obligatoria en zonas comunes, pasillos y áreas con alto riesgo eléctrico. Además, deben estar ubicados a una distancia no superior a 15 metros, con anclaje visible, señalización adecuada y mantenimiento periódico.

Esta exigencia no solo garantiza la intervención rápida ante un conato de incendio, sino que también cumple con las normativas actuales del RIPCI y las normas UNE, que amplían los criterios de calidad y periodicidad de revisión.

Protección activa ampliada y control de instalaciones

Además de los extintores, la Orden estableció la instalación de Bocas de Incendio Equipadas (BIE) y sistemas de detección y alarma. Estos dispositivos permitieron por primera vez una intervención más rápida y coordinada dentro de los centros hospitalarios.

Los extintores precios varían según el modelo y la capacidad, pero la normativa exige que los equipos sean homologados y mantengan su eficacia conforme a las normas UNE-EN 3. Por su parte, las BIE deben instalarse en áreas de alto riesgo, como lavanderías, calderas o cocinas, garantizando que el personal capacitado pueda operar el sistema en cualquier momento.

El sistema de detección de incendios de 1979, aunque rudimentario, ya contemplaba la instalación de detectores de humo y temperatura, además de pulsadores manuales y alarmas acústicas y visuales. Actualmente, estos sistemas se han perfeccionado con tecnología digital y sensores direccionales, que mejoran la localización y respuesta ante cualquier emergencia.

Integración normativa: Orden de 24 de octubre de 1979 

La Orden de 24 de octubre de 1979 sobre protección anti-incendios en los establecimientos sanitarios sigue siendo la base para la interpretación técnica de la protección contra incendios en hospitales. Establece criterios de diseño, materiales, sistemas de alarma y mantenimiento que hoy se encuentran recogidos en documentos como:

  • Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios (RIPCI 2017)
  • Código Técnico de la Edificación (CTE – Documento Básico SI)
  • Real Decreto 393/2007, que regula los planes de autoprotección
  • Normas UNE-EN 54, sobre equipos y sistemas de detección y alarma

La Orden también fue pionera en exigir formación continua del personal sanitario, algo que más tarde se consolidaría como norma en los programas de autoprotección hospitalaria.

Protección pasiva y control de humos: pilares de seguridad estructural

En la protección pasiva, la Orden estableció el uso obligatorio de materiales ignífugos y estructuras resistentes al fuego. Los revestimientos, techos y carpinterías debían clasificarse según su comportamiento frente al fuego, evitando materiales con alta propagación de llama.

Asimismo, se reguló la instalación de sistemas de control de humos y ventilación, con el objetivo de reducir el riesgo por inhalación durante una emergencia. Las áreas críticas, como quirófanos o zonas técnicas, debían contar con sistemas de extracción mecánica y ventanas practicables que permitieran la renovación del aire y la evacuación de gases tóxicos.

Planificación interna y formación: el valor humano en la seguridad hospitalaria

La Orden de 1979 introdujo el concepto de planificación interna contra incendios, antecedente directo de los actuales planes de autoprotección. Este plan debía incluir protocolos de evacuación, designación de responsables, simulacros periódicos y formación del personal en el uso de equipos de extinción.

El objetivo principal era crear una cultura de prevención y respuesta inmediata, asegurando que todo el personal sanitario conociera las rutas de evacuación y los procedimientos de emergencia.

Una normativa vigente y esencial en la actualidad

Aunque ha pasado más de medio siglo desde su publicación, la Orden de 24 de octubre de 1979 sigue siendo una referencia clave para auditar y actualizar las instalaciones sanitarias. Su enfoque integral combina protección pasiva, protección activa, formación y planificación, garantizando un entorno hospitalario seguro y eficiente.

Comprender sus fundamentos es esencial para técnicos, ingenieros y responsables de mantenimiento que buscan cumplir los estándares más exigentes en materia de seguridad. Su espíritu preventivo continúa inspirando las normas actuales y refuerza el compromiso con la protección de la vida humana.

 

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